COLEGIO DE ABOGADOS DE COCHABAMBA

A LA OPINION PUBLICA

El Directorio del Colegio de Abogados de Cochabamba, ha tomado oficialmente conocimiento de la promulgación de la Ley Nº 387 de EJERCICIO DE LA ABOGACIA, la misma que ha merecido un profundo análisis, en base al cual nos vemos obligados a informar que:

Durante los últimos meses, enterados de los anteproyectos de ley del ejercicio de la abogacía, elaborados por el Ministerio de Justicia, a petición nuestra sostuvimos innumerables reuniones con instancias gubernamentales, como el Ministerio de Justicia, Representantes de la Cámara de Senadores, Representantes de la Cámara de Diputados, buscando esencialmente que la nueva ley fije normas para mejorar la administración de justicia, eleve el nivel académico de los profesionales y se establezcan mecanismo de control de la calidad e idoneidad profesional.  Sin embargo, de todas las observaciones realizadas, propuestas de artículos presentados, solo se ha tomado en cuenta una pequeña parte.

En las referidas reuniones, se admitió la  obligatoriedad del  Registro de los abogados en el Ministerio de Justicia, pero se aclaró que algo innegociable era la matriculación, es decir, que como requisitos habilitantes del ejercicio de la profesión de la abogacía, una vez obtenido el título profesional, se establecía: el registro en el Ministerio de Justicia; pero el control profesional y la consiguiente matriculación, debía ser de libre elección para los nuevos abogados, ya sea en el Colegio de Abogados de su Departamento o en el propio Ministerio de Justicia.  Porque solo así se respeta la libertad de asociación establecido en la Constitución, reconocido en el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional y la indispensable independencia del abogado, como principal herramienta de defensa a la sociedad.

Denunciamos que la Ley Nº 387 de EJERCICIO DE LA ABOGACIA aprobada por el Gobierno, no busca mejorar la administración de justicia, proteger al ciudadano, mejorar la formación profesional de los Abogados, establecer mecanismos de control de la calidad e idoneidad profesional o defender en justicia los derechos de la sociedad, se limita a establecer un Registro Público para los abogados a cargo del Ministerio de Justicia.

Los abogados somos parte del sistema judicial; el papel que desempeña el abogado en el ejercicio de su profesión y en defensa de su cliente contribuye activamente a mejorar e incrementar la calidad de la Justicia.   El abogado “representa al cliente ante el sistema jurídico; pero también representa al sistema jurídico ante el cliente”. Los abogados tienen la función social de defender en justicia los intereses de la sociedad; esa función prevalece sobre la asesoría, patrocinio y asistencia que se brinda a los particulares en sus relaciones jurídicas. La abogacía tiene como función social la de colaborar con las autoridades en la conservación y perfeccionamiento del orden jurídico del país, y en la realización de una recta y cumplida administración de justicia. Para alcanzar una Justicia más ágil y eficaz resulta fundamental modernizar la regulación de la profesión de abogado como colaborador necesario de la función jurisdiccional.

Esta ley, de manera velada pretende en el fondo la desaparición del los Colegios de Abogados, olvidándose los más de 100 años de existencia que tenemos y el rol histórico que hemos desempeñado a lo largo de la vida de nuestra República, siendo parte de las comisiones codificadores, fuente de las reformas judiciales.  Olvidándose de la función social que ejercemos de control del ejercicio profesional, de control de la calidad de la prestación de servicios y de control disciplinario.  Además de la permanente capacitación que se brinda a los colegiados para que presten un mejor servicio a la sociedad.

La Ley promulgada, busca someter a los Abogados de todo el país al control político del gobierno de turno, pisoteando los derechos y garantías consagradas en la Constitución, así como los principios de libertad e independencia de los profesionales abogados puestos siempre al servicio de la sociedad, y que permite la más idónea defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos.  El someter a los Abogados al Control del Ministerio de Justicia y a los Tribunales nombrados por ese Ministerio, está limitando la independencia profesional y la posibilidad que la sociedad civil, los ciudadanos sean defendidos por profesionales libres de presión política.

Al haber el Gobierno, por medio del Ministerio de Justicia y la Asamblea Legislativa Plurinacional dejado de lado y desestimado las principales propuestas del CONALAB que fueron planteadas y discutidas oportuna, y formalmente en resguardo del ejercicio independiente y responsable de la profesión, RECHAZAMOS la  pretensión del  Gobierno de  someter a un control  político-partidista el ejercicio de la profesión de la abogacía, contenida en la Ley de Ejercicio de la Abogacía, que tiene como objeto principal desconocer la independencia en el ejercicio profesional, dar fin a la institucionalidad democrática y pluralismo representado en los Colegios Profesionales.

Dada la gravedad del contenido y finalidad de esta ley, el Colegio de Abogados de Cochabamba anuncia que tomara todas las acciones legales previstas en la Constitución Política del Estado, las Leyes y los Tratados Internacionales, para defender la Institucionalidad, la independencia del ejercicio profesional y convocamos a los abogados, los profesionales e instituciones de la sociedad civil a unirse en este esfuerzo por defender la pluralidad y nuestras instituciones democráticas.

Cochabamba, 20 de Julio del 2013

DIRECTORIO EJECUTIVO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE COCHABAMBA

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