LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS (FIA) – INTER-AMERICAN BAR ASSOCIATION, es una organización internacional que une a abogados y estudiantes de derecho, fundada en 1940, integrando a todos los Colegios de Abogados de América, España y Francia, así como Universidades, Despacho de Abogados y juristas como miembros individuales. Esta organización fue creada con el firme propósito de fomentar y preservar el Estado de Derecho, la Democracia, los Derechos Humanos y las libertades de los pueblos, la Administración de Justicia y la defensa del ejercicio profesional.

En este momento, la Federación se encuentra reunida en la ciudad de Panamá, donde se lleva cabo su Quincuagésima Tercera Conferencia, que trata el tema “Nuevos Desafíos de la Abogacía, los Servicios Legales y la Justicia”.

 

En esta Conferencia, hemos tenido profundas reflexiones acerca de cómo enfrentarán nuestros sistemas de justicia los significativos casos de corrupción ocurridos, que han alcanzado al Sistema Político y Judicial de muchos países. Escenario y realidad que nos obliga y determina a emitir un mensaje claro, conciso, preciso y solidario acerca de nuestras responsabilidades frente a los grandes retos que enfrenta la abogacía, no solamente desde el punto de vista de aquello que es propio de la profesión, sino desde otros aspectos de vital importancia, como lo son las implicaciones sociales y la responsabilidad ciudadana que se nos demanda a los abogados. Por ello, hemos considerado imprescindible e insoslayable abordar la situación de Venezuela y enviar un mensaje a su pueblo.

 

Hemos visto en estos últimos veinte (20) años un gran deterioro en la independencia de las instituciones venezolanas, que se someten a ciegas a las órdenes del Ejecutivo Nacional, rompiéndose con ello la indispensable separación de poderes, sustento y base de todo Estado de Derecho, lo cual se ha acelerado y acrecentado en los últimos dos (2) años, hasta llegar a la compleja situación que hoy se vive en las calles de sus en 23 estados, el Distrito Capital y sus Dependencias Federales.

 

Importantes y crecientes son las violaciones a la Carta Magna y a todo el Ordenamiento Jurídico Nacional, a los Derechos Humanos y Convenios Internacionales, y son violentas las acciones de represión de un pueblo que reclama paz, seguridad, justicia y legalidad.

 

Triste historial que podemos resumir así:

 

  1. Desconocimiento de la Asamblea Nacional (AN) por parte del Presidente de la Republica y el resto de los Poderes Públicos.
  2. Ilegitimidad del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), al no haberse cumplido con los lapsos procedimentales para su nombramiento.
  3. Boicot por parte de las Salas Electoral y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, contra la Asamblea Nacional elegida libre y legítimamente por el Pueblo Venezolano, cercenándole su genuino derecho de legislar y suspendiendo Diputados válidamente electos.
  4. Extralimitación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia al habilitar al Ejecutivo Nacional para legislar en cualquier materia penal, competencia que es exclusiva de la Asamblea Nacional.
  5. Abuso de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, al reservarse para sí la competencia de legislar, violando flagrantemente la Constitución Nacional que la atribuye a la Asamblea Nacional.
  6. Reacciones de parte de la Asamblea Nacional, de la Fiscalía General de la República y del pueblo, ante la improcedente, arbitraria e ilícita actuación de parte del Tribunal Supremo de Justicia por el rompimiento del hilo constitucional, lo que ha generado un clima de extrema tensión e incertidumbre.
  7. Pronunciamiento emitido por la Fiscalía General de la República, puntualizando que las sentencias que ha dictado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, efectivamente constituyen una ruptura del hilo constitucional, lo que ha incrementado aún más las protestas que se habían iniciado y que a la fecha suman más de noventa (90) días continuos, con más de NOVENTA Y DOS (92) FALLECIDOS en este lapso, en su mayoría jóvenes, a mano de los cuerpos policiales y militares del Estado; con más de 2.950 detenidos y un sin números de heridos.
  8. Convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente por parte del Ejecutivo Nacional, a través del Presidente de la República, en ausencia de legitimidad para ello, la cual fue presentada y acogida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), contraviniendo lo previsto en el Artículo 347 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
  9. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Sentencia de fecha 30 de mayo de 2017, declara válido el procedimiento y ratifica continuar el proceso Constituyente en ausencia de Referendo.
  10. La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia despoja a la Fiscalía General de la República de sus competencias asignadas constitucionalmente, y se las transfiere a la Defensoría del Pueblo.
  • La Asamblea Nacional, la Fiscalía General de la República y el Pueblo, en más de un ochenta y cinco por ciento (85%), deciden activar los artículos 333 y 350 de la Carta Magna para proteger su validez y vigencia plena:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

“Artículo 333: Esta Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella. En tal eventualidad, todo ciudadano investido o ciudadana investida o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia”.

…(Omissis)…

“Artículo 350: El pueblo de Venezuela, fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia, la paz y la libertad, desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos.”

Este historial no puede dejar de exponer que además de las violaciones legales y desconocimiento de los sagrados e inviolables preceptos contenidos en la Carta Fundamental, se ha concretado y se mantiene de manera alarmante la flagrante VIOLACION DE LOS DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA, de una manera atroz.

 

Mientras el mundo entero avanza en reforzar, fortificar y robustecer la protección de los Derechos Humanos y reclama mayor resguardo y garantía de defensa y promoción para el respeto de los mismos, haciéndose sentir toda la comunidad internacional en que tales principios se cumplan, no puede recordar la historia venezolana, hechos que hayan sido más atentatorios de la dignidad, respeto y resguardo de los Derechos Humanos, que los que acontecen en este triste pasaje de la Historia Nacional de Venezuela.

 

En el olvido quedaron los postulados del Constituyentista de 1999, que parece haber tenido presente la inclusión de los citados principios, al contener en el Título III de la Carta Magna un enunciado pormenorizado de éstos, para el ejercicio de los derechos humanos, junto a la creación de un órgano con responsabilidad para su promoción, vigilancia y defensa – la Defensoría del Pueblo, institución que a la fecha, no ha cumplido con su cometido.

 

Como lo hemos subrayado, es cruenta, violenta y atroz la forma como se violan los Derechos Humanos en Venezuela:

 

  1. REPRESIÓN, DETENCIONES, PRESOS POLÍTICOS, TORTURA, PERSECUCION:

Desde febrero de 2014 se desata una violenta represión contra los opositores al Gobierno de turno, su delito, levantar su voz y salir a protestar y marchar, en reclamo de las carencias y problemas del país. De allí se derivan 375 presos políticos, que hoy suman mucho más del doble. En ese momento, ocurren 80 muertes, más de 1.000 detenidos sin justificación y más de 3.000 lesionados, producto del uso desproporcionado de la fuerza, que trajo consigo asesinatos, tortura física, tratos degradantes, detenciones arbitrarias, procesos y presos políticos, persecución indiscriminada, lo que hizo evidente que el Gobierno Nacional no respeta los Derechos Humanos ni el Estado de Derecho.

  1. VIOLACIÓN AL DERECHO A LA VIDA:

Aunado a ello, se incrementa la violación a los derechos fundamentales de los ciudadanos el “Derecho a la Vida”, y se contabiliza un mínimo de 25.000 muertes violentas al año, que coloca al país, con una tasa de homicidios de 82 por cada 100.000 habitantes, convirtiéndose de tal manera, en uno de los países más violentos e inseguros del mundo, en el cual sus ciudadanos se autoimponen un toque de queda y sus calles se ven desoladas desde las 7:00 p.m., lo que nos es óbice para que se mantenga el clima de inseguridad y delincuencia a cualquier hora, sin que se materialicen planes para revertir tan deprimente situación.

  1. VIOLACIÓN AL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN:

Se suma a esto, la violación del derecho fundamental a la alimentación. Según el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, “el Derecho a la Alimentación Adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla”, siendo que en Venezuela no hay acceso físico ni económico por parte de la población para la obtención de alimentos, observándose una grave crisis de desnutrición y muerte.

  1. VIOLACIÓN AL DERECHO A LA SALUD:

Otro tanto ocurre en materia de Salud y al derecho que tiene todo ser humano de acceder a ella, sea a través de los Sistemas de Salud Pública o el acceso a los medicamentos necesarios para preservar la vida. Es grave la ausencia de medicamentos básicos y esenciales y de toda naturaleza en Venezuela; además, de la carencia de equipos médicos en buen estado, de reactivos y de centros hospitalarios y de salud que puedan recibir pacientes y ser debidamente atendidos.

  1. VIOLACIÓN AL DERECHO DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN:

Otro derecho fundamental que es violentado e inobservado por el Estado Venezolano, es la Libertad de Expresión, columna vertebral de cualquier sistema democrático. En Venezuela, todos aquellos que adversan al régimen y expresan sus opiniones o ejercen su trabajo, son asediados, perseguidos, calumniados, abusados verbalmente en medios públicos de parte de personas afectas al Gobierno e incluso de parte del propio Ejecutivo Nacional a su más alto nivel, llegándose al cierre de medios de comunicación y a encarcelar personas, romperles y secuestrarles sus equipos, golpearlas físicamente, solo por expresar sus ideas.

 

No existe en Venezuela un real y verdadero respeto ni reconocimiento de los Derechos Humanos, a pesar de los postulados consagrados en la Constitución Nacional, pues cada día, mueren venezolanos en manos de la delincuencia y por la negligencia de sus órganos de seguridad y policiales; por la falta de medicinas y de alimentos; por expresar sus ideas, por pensar políticamente distinto al Gobierno de turno; por ende, no puede hablarse en Venezuela del respeto al Derecho a la Vida, a la Integridad Personal, a la Igualdad, a la Libertad (Libertades Públicas), al Honor, a la Vida Privada y la Información, ni de Derechos Políticos, Derechos frente a las Administraciones, Derechos en relación a la Administración de Justicia, Derechos de los Detenidos y Presos y de los Inculpados en Procesos Penales.

 

Como corolario de las violaciones más flagrantes, inhumanas y fieras, están los DELITOS DE LESA HUMANIDAD que se están sucediendo en Venezuela.

 

El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional del cual hace parte Venezuela, define y tipifica en su artículo 7 aquellos crímenes que son considerados “de LESA HUMANIDAD” – como cualquiera de los actos que señala el artículo, cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque, entre otros:

 

  • Asesinato;
  • Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
  • Tortura;
  • Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia, fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al Derecho Internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el mismo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
  • Desaparición forzada de personas;
  • Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

En Venezuela se vienen cometiendo “como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil con conocimiento de dicho ataque”, algunos de los delitos de lesa humanidad citados, tales como:

 

  1. ASESINATO: Entre otros, las 92 muertes ocurridas en éstos 90 días de protesta, a manos de los cuerpos de seguridad, de militares (Guardia Nacional Bolivariana – GNB; Policía Nacional Bolivariana – PNB; Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional – SEBIN; Dirección General de Contrainteligencia Militar – DIGESIN) o de grupos de personas civiles (denominados “colectivos bolivarianos), armados estos últimos por el propio Gobierno, conforme lo han aseverado declaraciones públicas por parte de sus Diputados a la Asamblea o miembros de la Administración Publica Nacional como Vicepresidentes y Ministros, por el solo delito de salir a protestar pacíficamente a las calles y manifestar no estar de acuerdo con el Gobierno Nacional.
  2. ENCARCELACIÓN U OTRA PRIVACIÓN GRAVE DE LA LIBERTAD FÍSICA EN VIOLACIÓN DE NORMAS FUNDAMENTALES DE DERECHO INTERNACIONAL: Detenciones sin debido proceso de ciudadanos por el simple hecho de oponerse al Gobierno, algunas de las cuales, han llevado a condenas en procesos violatorios del debido proceso, además de numerosos presos políticos, para quienes aún no ha habido audiencia preliminar. Todo ello como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil con conocimiento de dicho ataque.
  3. TORTURA: Tratos crueles, inhumanos o degradantes comprobados contra presos políticos, verbigracia: Iván Simonovis; Leopoldo López; María de Lourdes Afiuni; Araminta González, son solo algunos de sus nombres.
  4. DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS: Se han sucedido desapariciones de personas y luego aparecen simplemente sus cadáveres, verbigracia: 12 jóvenes de Barlovento detenidos ilegalmente en un operativo de Operación de Liberación del Pueblo (OLP), luego aparecen sus cadáveres acribillados a balas. También pueden considerarse desaparición forzada los casos de ciudadanos arrestados ilegalmente por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional – SEBIN, cuyo paradero permanece secreto durante largo tiempo.
  5. OTROS ACTOS INHUMANOS DE CARÁCTER SIMILAR QUE CAUSEN INTENCIONALMENTE GRANDES SUFRIMIENTOS O ATENTEN GRAVEMENTE CONTRA LA INTEGRIDAD FÍSICA O LA SALUD MENTAL O FÍSICA: Se observan con frecuencia e impunidad, por ejemplo, aquellos que han derivado de anuncios del Ejecutivo Nacional como sobre el cono monetario, como la eliminación de los billetes de 100 bolívares, que alentaron saqueos en varias ciudades del país y con mayor énfasis en Ciudad Bolívar.

 

Múltiples son las violaciones y crímenes de Lesa Humanidad, corresponde una investigación exhaustiva y rigurosa de todos los casos que puedan considerarse con tal entidad, para ser presentadas al Fiscal de la Corte Penal Internacional para que pueda abrir los procesos que considere conforme la ley.

 

Por las consideraciones anteriores, LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS (FIA) – INTER-AMERICAN BAR ASSOCIATION:

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