RESOLUCIÓN 1
CONSIDERANDO QUE:
Que son de conocimiento público las frecuentes prácticas de varios países de las Américas de modificar por diferentes vías los términos presidenciales, inclusive a través de decisiones de sus salas o tribunales constitucionales que interpretan la Convención Americana sobre Derechos Humanos;
Que a solicitud del Secretario General de la Organización de Estados Americanos OEA, la Comisión de Venecia emitió en 20 de marzo de 2018 el Informe CDL-AD (2018) 010 – Estudio N° 908/2017, sobre el derecho a las reelecciones presidenciales y los límites a los mandatos presidenciales;
Que estas prácticas suponen en muchos de los casos la ruptura de los procesos constitucionales y transgresiones a la Carta Democrática de la Organización de Estados Americanos;
POR TANTO
La Federación Interamericana de Abogados (FIA), que agrupa a asociaciones, barras y Colegios de Abogados de América Latina, España y Francia, cumpliendo con su misión institucional de defender los principios del estado de derecho y la democracia, en cuanto a los aspectos antes mencionados,
RESUELVE:
Primero.- Manifestar su preocupación por las prácticas realizadas por varios países para modificar los términos de mandatos presidenciales
Segundo.- Instar al Secretario General de la OEA que con carácter de urgencia solicite de la Corte Interamericana de Derechos Humanos una opinión consultiva que interprete el alcance del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Nota: La versión original de esta resolución fue presentada en idioma español.
Resolución 1 propuesta por el Capítulo de Miembros Individuales de la FIA en Bolivia.
RESOLUCIÓN 2
PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA PROTECCIÓN DE NIÑOS
VISTO:
Analizado en la 55ª Conferencia de la FIA/IABA el aumento de la creciente a cifras alarmantes de la utilización de niños para pornografía infantil, lo cual afecta su salud, desarrollo físico, mental moral y social, y constituye violación de sus derechos humanos.
CONSIDERANDO QUE:
El aumento dramático de la pornografía infantil en todo el mundo, llevado por pederastas y pedófilos, es uno de los delitos cibernéticos que rebasa las fronteras y constituye un crimen trasnacional, y que a diario se utiliza a los menores para los fines de venta y utilización en pornografía y la prostitución, es necesario realizar esfuerzos por sensibilizar y concienciar a la ciudadanía sobre el problema con el fin de disminuir la comisión de estos delitos, como parte de una importante lucha frontal mundial de todas las organizaciones.
Las normativas e instrumentos jurídicos internacionales y el derecho positivo de nuestros países en la protección de la niñez, motivados por la Convención sobre los derechos de los niños, requiere reconocer la importancia de la defensa de los más vulnerables, y de la necesidad de ser más eficaces en la lucha contra esta cruel vulneración de la niñez.
LA FEDERACIÓN INTERAMERICANA DE ABOGADOS:
Expresa su preocupación por el elevado número de víctimas de la pornografía infantil en el mundo.
Repudia la comisión de delitos venta de niños y su utilización en la prostitución y en la producción de pornografía infantil.
Exhorta a todas las personas a denunciar hechos de pornografía infantil.
San Jose, Costa Rica, 21 de junio de 2019.
Nota: La versión original de esta resolución fue presentada en idioma español.
La Resolución 2 fue presentada por el Comité Permanente VI – Derecho Penal y Procesal Penal.