RESOLUCIONES Aprobadas por la XXXIV CONFERENCIA DE LA FEDERACION INTERAMERICANA DE ABOGADOS
Lima, Perú – 24 al 29 de mayo de 1998
COMITE III, DERECHO ADMINISTRATIVO
Resolución 1*
Reglamentación de un Sistema de Pago de Obligaciones Monetarias
CONSIDERANDO:
Que, los países de América se enfrentan muchas veces con situaciones de reconocimiento de deudas por parte de los respectivos Estados, y a la vez a la imposibilidad presupuestaria de cumplir con los reconocimientos administrativos o mandatos judiciales; y
Que, en algunos casos los Estados no responden patrimonialmente frente a los, acreedores particulares de obligaciones monetarias reconocidas por actos administrativos o sentencias judiciales,
RESUELVE:
Recomendar a los Gobiernos de los países de América, que aún no lo hayan hecho, que reglamenten un sistema de pago de obligaciones monetarias reconocidas administrativa o judicialmente contra el Estado.
*Original en español
** Original en Inglés
COMITE IV, DERECHO CIVIL Y PROCESAL CIVIL
Resolución 2*
Adopción de una Norma Procesal Uniforme Aplicable al Sistema de Impugnación
CONSIDERANDO:
Que el mejoramiento del sistema de los medios impugnatorios en América Latina es un desafío permanente como herramienta fundamental para la garantía de los derechos individuales;
Que la esencia del derecho a la impugnación, consiste en encontrar un equilibrio entre la justicia y la seguridad jurídica;
Que la creciente integración de los países americanos sugiere la creación de normas procesales uniformes, respecto a los medios impugnatorios,
RESUELVE:
Propiciar la adopción de una normativa procesal uniforme en el ámbito americano, referido a la admisibilidad y procedibilidad de las vías procesales impugnativas (remedios y recursos), en la medida en que sea compatible con el ordenamiento constitucional de los países de América Latina.
COMITE VII, DERECHO MILITAR
Resolución 3*
Enseñanza del Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Armadas
CONSIDERANDO:
Que, la enseñanza y difusión del Derecho Internacional Humanitario (DIH) en las Fuerzas Armadas o de seguridad constituye una actividad de cumplimiento necesario, de conformidad con las obligaciones contraídas por los Estados signatorios de las Convenciones de Ginebra de 1949 y de sus Protocolos Adicionales de 1977;
Que, a tal efecto los Estados deben contemplar la incorporación orgánica del Derecho Internacional Humanitario en los planes de educación e instrucción de las Fuerzas Armadas o de seguridad de sus respectivos países;
Que, durante las sesiones de esta Conferencia XXXIV se ha presentado y considerado en el Comité VII, Derecho Militar, una ponencia que desarrolla un diseño instructivo para la enseñanza del Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Armadas o de seguridad de los Estados de América; y
Que, se estima pertinente enviar a los Ministerios de Defensa u Organismos correspondientes de los estados de la región dicho documento, a título de colaboración de la Federación Interamericana de Abogados, a fin de alentar el cumplimiento de las mencionadas obligaciones impuestas por las Convenciones de Ginebra,
RESUELVE:
1. Recomendar a los Estados de América que incorporen, en los planes de instrucción de las Fuerzas Armadas o de seguridad la enseñanza sistemática del Derecho Internacional Humanitario.
2. Enviar a los Ministerios de Defensa u Organismos correspondientes copia del documento «Diseños Instructivos para la Enseñanza y Difusión del Derecho Internacional Humanitario en las Fuerzas Armadas» que fuera presentado durante la presente Conferencia.
Resolución 4*
Adaptar la Normativa de Administración de Justicia Militar a las Necesidades de la Epoca
CONSIDERANDO:
Que, ante los nuevos papeles y misiones de las Fuerzas Armadas o de seguridad y la antigüedad de la normativa relacionada con la administración de justicia militar, esta última no se encuentra eficazmente asegurada;
Que, asimismo, se ha operado una evolución doctrinaria substancial, respecto de las garantías que deben imperar en todo proceso judicial penal;
Que, la situación descrita en los considerandos precedentes, posee la entidad y relevancia suficientes, para afectar derechos de particulares y la propia administración de justicia; y
Que, no existen razones que justifiquen a mantener la situación descrita.
RESUELVE:
Recomendar a las autoridades gubernamentales de los Estados Americanos, se encomiende a las máximas instancias jerárquicas de las Fuerzas Armadas o de seguridad, la realización de estudios, de carácter conjunto internacional, con la finalidad de adaptar la normativa inherente a la administración de justicia militar a las necesidades de la época.
COMITE VIII, DERECHO DEL DESARROLLO Y LA INTEGRACION EN SESION CONJUNTA CON LA ACADEMIA INTERAMERICANA DE DERECHO INTERNACIONAL Y COMPARADO
Resolución 5*
Promoción de los Instrumentos Internacionales sobre Derechos Humanos
CONSIDERANDO:
Que, en 1998 se conmemora los cincuenta años de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre; y
Que, los esfuerzos realizados por las Naciones Unidas en estos cincuenta años por proteger los Derechos Humanos y dignidad de la persona, merecen destacarse,
RESUELVE:
Instar a los gobiernos de América a realizar esfuerzos por difundir los instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos en todos los niveles y en especial lo relativo al Decenio Internacional de las poblaciones indígenas del mundo y al Decenio para la Educación de los Derechos Humanos.
COMITE VIII, DERECHO DEL DESARROLLO Y LA INTEGRACION EN SESION CONJUNTA CON EL COMITÉ VI, DERECHO PENAL
Resolución 6*
Erradición de la Corrupción en las Américas
CONSIDERANDO:
Que, la corrupción es materia de máximo interés gubernamental donde la falta de honradez, el cohecho, la extorsión, el soborno, el peculado, el tráfico de influencia, y el enriquecimiento ilícito, entre otras conductas crecen día a día en las Américas;
Que, la ética como valor del ser humano requiere de un cambio moral que puede y debe darse; y
Que, sin responsabilidad, respeto y honestidad nacional no puede lograrse el desarrollo de una América nueva en la que haya justicia y paz social,
RESUELVE:
1. Sugerir que en las próximas Conferencias de la Federación Interamericana de Abogados se procure realizar una sistematización de medidas preventivas tendientes a erradicar en lo posible, la corrupción en las Américas, requiriéndose el apoyo de la prensa libre y responsable.
2. Instar a los Estados de América a exaltar los valores de la cultura nacional, transmitir a los ciudadanos los valores de la lealtad, la honradez, el respeto, la solidaridad y la ética, y demás virtudes que constituyen la base de la moral de los pueblos evitando la impunidad que ha deteriorado la moral pública.
3. Estimular a los Estados de América la probidad administrativa, la eficiencia y el cumplimiento responsable a través del establecimiento de controles eficaces y modernos; determinando en unos casos y, perfeccionando las sanciones administrativas y penales individuales.
COMITE XI, RECURSOS NATURALES Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE
Resolución 7*
Establecer una Red Hemisférica Abierta y Participativa para los Efectos Ambientales
CONSIDERANDO:
Que, los Jefes de Estado de América acordaron, en la Cumbre de las Américas en Santa Cruz de la Sierra Bolivia, en diciembre de 1996, cooperar en el establecimiento de una Red Hemisférica integrada por oficiales y expertos en derecho ambiental para su ejecución y cumplimiento;
Que, la Unidad de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente de la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, juntamente con el apoyo y cooperación de su Secretaría de Asuntos Legales, ha establecido un proyecto para crear esta red en consulta y asociación con otras redes, asociaciones e instituciones existentes; y
Que, es digna de encomio la labor realizada por la Organización de los Estados Americanos, por lo cual, es indispensable su liderazgo en la formulación de las bases para la Red Hemisférica de funcionarios y expertos en derecho ambiental,
RESUELVE:
Recomendar el establecimiento de una Red Hemisférica abierta y participativa de funcionarios y expertos, que sea capaz de trabajar en las siguientes actividades:
* Integrar cuestiones ambientales así como factores sociales y económicos;
* Asegurar la identificación, prevención, minimización y mitigación de los efectos ambientales adversos;
* Promover la reforma y modernización de las leyes nacionales para que incluyan conceptos de desarrollo sostenible;
* Promover un intercambio de experiencias y conocimientos sobre el derecho ambiental y el desarrollo sostenible;
* Promover la integración de la sociedad civil, en la formulación e instrumentación de normas ambientales;
* Apoyar el desarrollo de mecanismos nacionales efectivos, para hacer cumplir las leyes en esta materia; y
* Establecer reglas y principios del derecho internacional en la materia.
COMITE XII, DERECHOS HUMANOS
Resolución 8*
La Responsabilidad de los Abogados y de sus Organizaciones en el Respeto de los Derechos Humanos
CONSIDERANDO:
Que, algunos países de América en diversos tiempos y medidas sufren alteraciones a los derechos humanos, tanto individuales como sociales, económicos y culturales, y que, los abogados y sus organizaciones son protagonistas substanciales en la defensa de los valores fundamentales de la persona y de la colectividad;
Que, actualmente la ciudadanía ha incorporado el sistema de los derechos fundamentales como un valor indispensable a defender, resultando en consecuencia inaceptables determinados actos gubernamentales como la creación de Tribunales especiales al margen del Poder Judicial de cada nación;
Que, en el Cincuentenario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Americana de Deberes y Derechos del Hombre, resulta justo rendir un homenaje de reconocimiento a quienes estructuraron tales documentos y a quienes brindaron su vida por sus valores; y
Por ello como una de las formas de mantener vigente el respeto a los Derechos Humanos,
RESUELVE:
Instar a los abogados y sus organizaciones a:
1. Mantener una formación continua y permanente en materia de derechos humanos, tanto individuales como sociales, económicos y culturales y lograr su pronta y eficaz conceptualización, tomando los testimonios de quienes tienen experiencia en la materia y la brindan generosamente.
2. Propiciar que aquellos, una vez más a través de sus colegios y organizaciones internacionales denuncien las violaciones ostensibles al sistema de derechos humanos.
3. Asumir la defensa concreta de las personas afectadas por la violación de sus derechos fundamentales, cometidos por autoridades, ya sea como procesados o como víctimas de algún delito, llevando los casos que adviertan en su práctica profesional no sólo a los Tribunales nacionales sino también a los internacionales si así correspondiere.
1. Respetar los derechos de las víctimas que deben ser considerados como los de los procesados.
COMITE XIV, DERECHO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 9*
Asegurar los Beneficios Provisionales de los Regímenes Basados en la Capitalización Individual
CONSIDERANDO:
Que, la situación de crisis de los sistemas de previsión social basados en los regímenes de reparto asistido, ha dado paso a la formalización de sistemas de Jubilación como alternativa válida para solventar dicho problema;
Que, la necesidad de analizar la situación existente, en relación con la creciente interrelación de trabajadores de los diversos países, obliga a establecer los mecanismos jurídicos que aseguren los derechos provisionales de los trabajadores que migren de un país a otro,
RESUELVE:
Recomendar la ratificación, modificación o elaboración -según corresponda- de tratados internacionales mundiales o regionales, para asegurar los beneficios previsionales de los regímenes basados en la Capitalización Individual, en el marco del sistema de seguridad social compatibles con los derechos básicos reconocidos en los diversos países, para viabilizar el traslado de dichos fondos de pensiones o jubilaciones.
COMITE XVII, DERECHO DE LAS TELECOMUNICACIONES, CIENCIA Y LA TECNOLOGIA
Resolución 10*
Implementación de Normas Generales para Asegurar la Inversión en el Sector de Telecomunicaciones
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos de los países de América Latina, necesitan atraer inversiones en el sector de las telecomunicaciones, para mejorar los servicios y precios a los usuarios,
Que, los inversionistas evalúan los riesgos de invertir en un país, incluyendo el riesgo jurídico regulatorio; y
Que, los inversionistas y las entidades financieras, prefieren leyes y reglas lógicas que no creen discriminaciones, ni favorezcan solamente a quien posea una posición dominante,
RESUELVE:
Recomendar a los países de América que -en el sector de telecomunicaciones- promulguen o implementen normas generales y no discriminatorias, de modo de asegurar la inversión en dicho sector.
Resolución 11*
Régimen de Control de Comportamiento de las Compañías Operadoras de Telecomunicaciones
CONSIDERANDO:
Que, muchos países de América Latina están abriendo sus sectores de telecomunicaciones a la competencia; y
Que, ello implica que el ente regulador establezca un régimen de control del comportamiento de Compañías operadoras en beneficio máximo de los usuarios,
RESUELVE:
Instar a los países de América para que sus respectivas regulaciones en materia de control de telecomunicaciones, se funden en principios de imparcialidad y no discriminación entre las compañías operadoras, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
* El servicio que se presta
* El control económico del mercado que tiene la compañía operadora
* Las realidades económicas de la prestación del servicio
* El precio del servicio al usuario
* El nivel de inversión en infraestructura de la compañía operadora
* La calidad del servicio, y
* El cumplimiento de los términos de las licencias de las compañías operadoras
COMITE XVIII, PRACTICA DE ASESORIA EMPRESARIAL E INSTITUCIONAL
Resolución 12*
Armonización de la Normativa que Regula los Títulos de Crédito
CONSIDERANDO:
Que, actualmente, no existe un sistema de armonización de normas substanciales y procesales que otorguen la posibilidad de hacer eficazmente operativa la recuperación de un crédito internacional,
RESUELVE:
Recomendar a los países de América, que armonicen la normativa que regula los títulos de crédito.
COMITE XX, DERECHOS DE LA MUJER
Resolución 13**
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer
CONSIDERANDO:
Que la suscripción, ratificación o adopción de la «Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer», por todos los países de las Américas, es crucial para aunar los esfuerzos de todos estos países en torno a lograr las metas de la Convención,
RESUELVE:
1. Instar a todos los países de las Américas a tomar las medidas necesarias para ratificar y adoptar la «Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer» a fin de lograr que se constituya un documento universal.
2. Instar a todos los países de las Américas a trabajar juntos en el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por la ratificación y adopción de la citada Convención.
LA ACADEMIA INTERAMERICANA DE DERECHO INTERNACIONAL Y COMPARADO EN SESION CONJUNTA CON EL COMITE VIII, DERECHO DEL DESARROLLO Y LA INTEGRACION, Y EL COMITE XII, DERECHOS HUMANOS
Resolución 14*
Creación de una Corte Penal Internacional Permanente
CONSIDERANDO:
Que, en el curso del presente año en Roma, Italia, se tratará en el marco de la Organización de las Naciones Unidas el proyecto de estatuto sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional Permanente, para el juzgamiento de crímenes que afectan a la comunidad internacional en su conjunto; y
Que, la creación de un órgano jurisdiccional internacional eficaz constituirá un paso importante en la prevención y represión de estos crímenes internacionales,
RESUELVE:
1. Apoyar la creación, mediante tratado multilateral, de una Corte Penal Internacional Permanente con competencia para juzgar delitos más graves de trascendencia internacional, con carácter complementario de los ordenamientos jurídicos nacionales.
2. Instar a los gobiernos de América, intervenir activamente en los procesos de negociación y redacción de dicho instrumento.
3. Promover, en el ámbito más amplio posible los estudios e investigaciones jurídicas respecto de este Tribunal y su posterior difusión.
SECCION DE ABOGADOS JOVENES
Resolución 15*
Adiestramiento a los Abogados Jóvenes en Temas de la Globalización
CONSIDERANDO:
Que, la globalización económica es una realidad evidente en este Hemisferio;
Que, cada día son más frecuentes los acuerdos bilaterales y multilaterales entre países de la región;
Que, los abogados recién graduados carecen, en la mayoría de los casos, del conocimiento específico en las disciplinas del Derecho, tanto sustantivas como procesales, necesarias e indispensables para la práctica de la abogacía en el marco de la globalización,
RESUELVE:
1. Recomendar a las Facultades de Derecho del hemisferio que todavía no han incorporado como asignaturas obligatorias, cursos de materias relacionadas con el tema de la globalización, tales como Derecho Internacional Público y Privado, Derecho Comercial Internacional, Derecho Económico y Métodos Alternativos de Resolución de Controversias y Etica Profesional.
2. Recomendar a las Facultades de Derecho de países que aplican el sistema del «Common Law», implanten cursos de Derecho Civil y recíprocamente, aquellos que aplican el sistema de Derecho Civil, implanten cursos de «Commom Law».
SECCION ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Resolución 16*
Reforma Judicial
CONSIDERANDO:
Que, la crisis que padecen los sistemas de justicia hace necesario encarar su reforma y, para ello, resulta conveniente conferir participación a los integrantes de los sistemas judiciales y a los Gremios y Asociaciones de Abogados; como jerarquizar los Ministerios Públicos (fiscal y defensa), en aquellos países en que aún no se lo haya hecho, confiriendo a sus integrantes iguales garantías y seguridades que las correspondientes a los magistrados;
Que, merecen atención especial los imputados en procesos criminales cuyo Tribunal será presidido por jueces letrados, abogados respetando las garantías constitucionales, como la del debido proceso y las impuestas por Convenios Internacionales como la de la doble instancia;
Que, es materia de preocupación de todos los integrantes del sistema judicial la inadecuada relación con los medios de comunicación social y la igualmente inadecuada forma que, en muchos casos, éstos expresan lo relacionado con el sistema;
Que, en relación con lo anterior debe promoverse la educación cívica de todos los habitantes y fomentar el respeto al Estado de Derecho incluida la separación efectiva de poderes y con ella y entre otros elementos, la independencia judicial;
Que, asimismo preocupa el cúmulo de tareas administrativas a cargo de los Jueces que restan su valioso tiempo que, debe estar mejor empleado en la función jurisdiccional; y
Que, esta función podrá aún mejorar favoreciendo la utilización de los métodos alternativos de resolución de disputas que, como es conocido y entre otras virtudes, descongestiona el Sistema Judicial,
RESUELVE:
1. Recomendar que en toda Reforma Judicial debe darse participación relevante a los magistrados, Jueces y otros funcionarios del sistema judicial.
2. Recomendar que los procesos criminales deben ser presididos por Jueces letrados -Abogados- dando cumplimiento a las garantías del debido proceso y asegurando por lo menos, la intervención de dos instancias.
3. Recomendar que la Judicatura debe establecer mecanismos para la información adecuada a los medios de comunicación social, a fin de lograr una proyección acertada de su imagen.
4. Recomendar a las judicaturas nacionales, la creación de órganos que tengan a su cargo la función administrativa de los Tribunales, para que el Juez pueda concentrar su trabajo en lo jurisdiccional.
5. Recomendar que en aquellos países, que aún no lo hayan hecho, se jerarquicen los Ministerios Públicos (Fiscal y Defensores Públicos) otorgando inamovilidad, intangibilidad y estabilidad.
6. Recomendar la promoción en la educación pública para fomentar el respeto al Estado de Derecho, incluyendo la difusión de los valores vinculados a la efectiva separación de poderes y a la independencia Judicial.
7. Recomendar por todos los medios posibles, se adopten medidas para favorecer la utilización de los métodos alternativos de solución de disputas.